{"id":1164,"date":"2018-07-20T14:52:58","date_gmt":"2018-07-20T14:52:58","guid":{"rendered":"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/?page_id=1164"},"modified":"2022-01-24T22:49:49","modified_gmt":"2022-01-24T22:49:49","slug":"4-3-procedimiento-de-conexion-a-la-red","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/?page_id=1164","title":{"rendered":"4.3 Procedimiento de conexi\u00f3n a la red"},"content":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column width=\u00bb1\/4&#8243;][vc_tta_accordion active_section=\u00bb1&#8243; collapsible_all=\u00bbtrue\u00bb][vc_tta_section i_icon_fontawesome=\u00bbfa fa-plus\u00bb add_icon=\u00bbtrue\u00bb title=\u00bbAnexos\u00bb tab_id=\u00bb1643064557943-3227dd23-6a0e\u00bb][vc_column_text]<\/p>\n<ul>\n<li style=\"text-align: left;\"><span class=\"outer\"><span class=\"inner\"><a href=\"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/?page_id=1072\" rel=\"noopener\">Anexo 1: Marco regulatorio<\/a><\/span><\/span><\/li>\n<li style=\"text-align: left;\"><span class=\"outer\"><span class=\"inner\"><a href=\"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/?page_id=1109\" rel=\"noopener\">Anexo 2: Aspectos de funcionamiento del mercado<\/a><\/span><\/span><\/li>\n<li style=\"text-align: left;\"><span class=\"outer\"><span class=\"inner\"><a href=\"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/?page_id=1130\" rel=\"noopener\">Anexo 3: Potencia de suficiencia<\/a><\/span><\/span><\/li>\n<li style=\"text-align: left;\"><span class=\"outer\"><span class=\"inner\"><a href=\"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/?page_id=1140\" rel=\"noopener\">Anexo 4: Generaci\u00f3n Distribuida<\/a><\/span><\/span><\/li>\n<li style=\"text-align: left;\"><span class=\"outer\"><span class=\"inner\"><a href=\"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/?page_id=1187\" rel=\"noopener\">Anexo 5: Plataformas de informaci\u00f3n<\/a><\/span><\/span><\/li>\n<li style=\"text-align: left;\"><span class=\"outer\"><span class=\"inner\"><a href=\"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/?page_id=1208\" rel=\"noopener\">Anexo 6: Glosario de t\u00e9rminos<\/a><\/span><\/span><\/li>\n<li style=\"text-align: left;\"><span class=\"outer\"><span class=\"inner\"><a href=\"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/?page_id=1217\" rel=\"noopener\">Anexo 7: Links a las principales leyes, reglamentos y normas<\/a><\/span><\/span><\/li>\n<\/ul>\n<p>[\/vc_column_text][\/vc_tta_section][\/vc_tta_accordion][\/vc_column][vc_column width=\u00bb3\/4&#8243;][vc_column_text]<\/p>\n<h1>Anexo 4.3 Procedimiento de conexi\u00f3n a la red<\/h1>\n<p>Las etapas, procedimientos y costos de la conexi\u00f3n a la red son fundamentales y existen diferencias para los generadores acogidos a la Ley de Facturaci\u00f3n Neta (<em>Netbilling)<\/em> frente a los PMGD, pues debido a la diferencia en el tama\u00f1o de estos tipos de proyectos, las etapas y tramitaciones para los proyectos de Facturaci\u00f3n Neta son m\u00e1s simples y r\u00e1pidas. A continuaci\u00f3n, se describe para ambos tipos cada una de las etapas para realizar la conexi\u00f3n a red.[\/vc_column_text][vc_tta_accordion active_section=\u00bb33&#8243; collapsible_all=\u00bbtrue\u00bb][vc_tta_section i_icon_fontawesome=\u00bbfa fa-compress\u00bb add_icon=\u00bbtrue\u00bb title=\u00bb4.3.1 Procedimiento de conexi\u00f3n de los proyectos acogidos a la Ley de Facturaci\u00f3n Neta (Netbilling) y sus tiempos asociados\u00bb tab_id=\u00bbprocedimiento1&#8243;][vc_column_text]El procedimiento de conexi\u00f3n para un proyecto acogido a la Ley de Facturaci\u00f3n Neta (<em>Netbilling)<\/em> cuenta con 6 etapas. Es importante se\u00f1alar que todos los formularios para efectuar cada una de las comunicaciones tanto con la distribuidora como con la Superintendencia se encuentran disponibles en la web de la Superintendencia <span class=\"tooltips \" style=\"\" title=\"Fuente: &lt;a style=&quot;text-decoration: underline;&quot; href=&quot;http:\/\/www.sec.cl\/portal\/page?_pageid=33,5821714&amp;amp;_dad=portal&amp;amp;_schema=PORTAL&quot; target=&quot;_blank&quot; rel=&quot;noopener&quot;&gt;Los formularios para tramitaci\u00f3n de conexi\u00f3n de proyectos Facturaci\u00f3n Neta (Netbilling).&lt;\/a&gt; SEC\"><span style=\"color: #3366ff; cursor: pointer;\">[41]<\/span><\/span>, as\u00ed como tambi\u00e9n los plazos m\u00e1ximos de respuesta de todas las partes.<\/p>\n<p><strong>Etapa 0: Solicitud de informaci\u00f3n (etapa opcional)<\/strong><br \/>\nLos usuarios pueden solicitar a la distribuidora la informaci\u00f3n relativa a la Capacidad Instalada Permitida asociada al transformador de distribuci\u00f3n o alimentador que corresponda. La informaci\u00f3n deber\u00e1 ser entregada al usuario en un plazo no mayor a <strong>10 d\u00edas h\u00e1biles.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Etapa 1: Solicitud de conexi\u00f3n \u00a0a la Red (SCR)<\/strong><\/p>\n<p>El usuario debe presentar una SCR en la cual incluye su identificaci\u00f3n, direcci\u00f3n donde se instalar\u00e1, medio de contacto, capacidad instalada y de inyecci\u00f3n del equipamiento de generaci\u00f3n y sus principales caracter\u00edsticas. La distribuidora tiene 5 d\u00edas h\u00e1biles para solicitar correcci\u00f3n de la SCR en caso que tenga informaci\u00f3n incompleta o err\u00f3nea, y el usuario tiene 5 d\u00edas para realizar las correcciones. El c\u00e1lculo de la capacidad instalada y la inyecci\u00f3n de excedentes permitida y la determinaci\u00f3n de requerimientos t\u00e9cnicos espec\u00edficos est\u00e1n especificados en la norma t\u00e9cnica.<\/p>\n<p>La solicitud de conexi\u00f3n para el suministro de energ\u00eda o la ampliaci\u00f3n de servicios efectuada a una distribuidora podr\u00e1 realizarse conjuntamente con la SCR de un Equipamiento de Generaci\u00f3n. La distribuidora deber\u00e1 evaluar ambas solicitudes en forma conjunta en\u00a0 20 d\u00edas.<\/p>\n<p>La respuesta de la SCR debe incluir la siguiente informaci\u00f3n: ubicaci\u00f3n del punto de conexi\u00f3n del equipamiento de generaci\u00f3n, la capacidad del empalme, la capacidad instalada y la inyecci\u00f3n de excedentes permitidas, las obras adicionales y adecuaciones necesarias para la conexi\u00f3n junto con su valoraci\u00f3n, el plazo de ejecuci\u00f3n y modalidad de pago, el modelo de contrato de conexi\u00f3n, el costo de las actividades necesarias para efectuar la conexi\u00f3n, \u00a0la suma de la capacidad instalada y de la capacidad de inyecci\u00f3n, la cantidad de SCR asociadas al mismo transformador de distribuci\u00f3n donde se solicita; y el informe de obras adicionales.<\/p>\n<p>La distribuidora tiene entre 5 y 40 d\u00edas h\u00e1biles para responder la SCR, dependiendo de la informaci\u00f3n otorgada por el usuario y si se solicit\u00f3 informaci\u00f3n previa a la SCR:<\/p>\n<ol>\n<li>Si la capacidad del equipamiento de generaci\u00f3n a conectar es menor a la capacidad del empalme y menor a la capacidad instalada permitida y, que la capacidad de inyecci\u00f3n sea menor o igual a la permitida, el plazo es de <strong>5 d\u00edas h\u00e1biles<\/strong>. Si no fue precedida por una solicitud de informaci\u00f3n el plazo es de <strong>10 d\u00edas h\u00e1biles<\/strong>.<\/li>\n<li>Si la capacidad del equipamiento de generaci\u00f3n a conectar es menor o igual a la capacidad del empalme y se cumplen los criterios de seguridad operacional y de configuraci\u00f3n de la red de distribuci\u00f3n, conforme a lo establecido en la norma t\u00e9cnica (equipamiento solar fotovoltaico de capacidad inferior a 10 kW conectado a baja tensi\u00f3n y que dicha capacidad sumada a la de otras instalaciones de generaci\u00f3n en baja tensi\u00f3n o en proceso de conexi\u00f3n no superen el 10% de la potencia nominal del transformador), el plazo es de <strong>5 d\u00edas h\u00e1biles.<\/strong><\/li>\n<li>Si la capacidad instalada del equipamiento es mayor a la capacidad instalada permitida, que la capacidad de inyecci\u00f3n sea mayor a la inyecci\u00f3n de excedentes permitida, o requiere cambio en la capacidad del empalme, el plazo es de <strong>20 d\u00edas h\u00e1biles. <\/strong>Si el proyecto queda emplazado en pares comuna-Empresa Distribuidora clasificados como de densidad muy baja<span class=\"tooltips \" style=\"\" title=\"Debe cumplir con lo indicado en la Norma T\u00e9cnica de Distribuci\u00f3n\"><a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">[7]<\/a><\/span>, entonces el plazo se ampl\u00eda en 10 d\u00edas h\u00e1biles (llegando a 30 d\u00edas h\u00e1biles). En caso de que la SCR hubiese estado precedida de una solicitud de informaci\u00f3n y la distribuidora en la respuesta a la SCR se\u00f1ale valores inferiores respecto a la capacidad instalada o inyecci\u00f3n de excedentes permitidas a los consignados en la solicitud de informaci\u00f3n, la Empresa Distribuidora deber\u00e1 acreditar que las condiciones para la determinaci\u00f3n de dichos par\u00e1metros han cambiado.<\/li>\n<li>Para la conexi\u00f3n de Equipamiento de Generaci\u00f3n en conjuntos habitacionales, edificios u otros similares, y los que se encuentren conectados al mismo transformador de distribuci\u00f3n, podr\u00e1n presentar de forma conjunta una \u00fanica SCR para la conexi\u00f3n de sus correspondientes equipamientos de generaci\u00f3n. La SCR deber\u00e1 responderse en 20 d\u00edas h\u00e1biles. En caso que para un proyecto inmobiliario se requieran nuevas redes o realizar modificaciones a las redes de distribuci\u00f3n existentes, el plazo ser\u00e1 de 40 d\u00edas h\u00e1biles.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Etapa 2: Manifestaci\u00f3n de conformidad<\/strong><\/p>\n<p>La valorizaci\u00f3n de las actividades necesarias para efectuar la tramitaci\u00f3n y conexi\u00f3n del equipamiento de generaci\u00f3n deber\u00e1 ser efectuada por la distribuidora. El usuario deber\u00e1 manifestar su conformidad en 20 d\u00edas.<\/p>\n<p>El usuario podr\u00e1 aumentar o disminuir la capacidad instalada hasta un valor menor o igual a la capacidad instalada permitida y, del mismo modo, podr\u00e1 aumentar o disminuir la capacidad de inyecci\u00f3n hasta un valor menor o igual a la inyecci\u00f3n de excedentes permitida, de forma de evitar la ejecuci\u00f3n de las obras adicionales, adecuaciones o ajustes que hubiesen sido informados en la respuesta de la SCR. Esto debe informarlo al momento de manifestar su conformidad en un plazo de 5 d\u00edas.<\/p>\n<p>El usuario tiene 20 d\u00edas h\u00e1biles para manifestar su conformidad en caso que la potencia del equipo de generaci\u00f3n sea mayor a 40% de la capacidad instalada permitida. En caso contrario, no es necesario realizar la manifestaci\u00f3n de conformidad y puede proceder con la Notificaci\u00f3n de Conexi\u00f3n (NC).<\/p>\n<p>Los usuarios podr\u00e1n formular reclamos ante la Superintendencia, si se acoge el reclamo, la distribuidora deber\u00e1 responder en 10 d\u00edas y a partir de la respuesta, el usuario tendr\u00e1 10 d\u00edas para manifestar su conformidad.<\/p>\n<p>En general, el usuario puede manifestar su conformidad con una vigencia de 6 meses (prorrogables por 6 meses m\u00e1s o hasta por 24 meses si el equipamiento de generaci\u00f3n no es fotovoltaico ni e\u00f3lico o si el equipamiento ha sido adquirido con fondos p\u00fablicos o cuando es equipamiento de generaci\u00f3n conjunto) para que el usuario realice la notificaci\u00f3n de conexi\u00f3n.<\/p>\n<p>Si se contempla realizar obras adicionales, el plazo para la presentaci\u00f3n de la notificaci\u00f3n de conexi\u00f3n debe ser acordado con la distribuidora, pero no puede exceder 5 d\u00edas h\u00e1biles del plazo indicado por la distribuidora en la respuesta a la SC.<\/p>\n<p>En el caso que las instalaciones de generaci\u00f3n est\u00e9n destinadas a conjuntos habitaciones, edificios u otros similares, ya sean nuevo o ampliaciones de los mismos, la manifestaci\u00f3n de conformidad tendr\u00e1 una vigencia de 3 a\u00f1os.<\/p>\n<p>En resumen, la vigencia para presentar la Notificaci\u00f3n de Conexi\u00f3n (NC) depender\u00e1 si se deben realizar obras adicionales, del lugar de instalaci\u00f3n del equipamiento de generaci\u00f3n (lugar particular o conjunto habitacionales, edificio o similares, nuevos o ampliaciones) y de la tecnolog\u00eda de generaci\u00f3n. La Tabla 2 presenta un resumen de dichos plazos.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-3709\" src=\"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/Tabla-2-1024x809.png\" alt=\"\" width=\"481\" height=\"380\" srcset=\"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/Tabla-2-1024x809.png 1024w, https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/Tabla-2-300x237.png 300w, https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/Tabla-2-768x606.png 768w, https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/Tabla-2-660x521.png 660w, https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/Tabla-2.png 1293w\" sizes=\"auto, (max-width: 481px) 100vw, 481px\" \/>Etapa 3: Instalaci\u00f3n e inscripci\u00f3n en la SEC (Declaraci\u00f3n TE4)<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La instalaci\u00f3n debe realizarse por instaladores el\u00e9ctricos certificados por la Superintendencia o por aquellos profesionales se\u00f1alados en el decreto N\u00ba92, de 1983, del Ministerio de Econom\u00eda, Fomento y Reconstrucci\u00f3n. Tambi\u00e9n, dichos profesionales deber\u00e1n informar la energizaci\u00f3n a la Superintendencia una vez concluidas las obras, quienes acreditar\u00e1n que la instalaci\u00f3n cumple con el reglamento y la normativa t\u00e9cnica (Declaraci\u00f3n TE4) .<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong>Etapa 4: Notificaci\u00f3n de Conexi\u00f3n (NC) y firma de contrato<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Dentro del plazo vigencia para presentar la NC indicado en la Tabla 2, el usuario deber\u00e1 presentarla a la distribuidora y deber\u00e1 acompa\u00f1ar con los siguientes antecedentes: contrato de conexi\u00f3n firmado por el cliente, la direcci\u00f3n, la identificaci\u00f3n y clase del instalador el\u00e9ctrico, la copia de la comunicaci\u00f3n de la puesta en servicio realizada por \u00a0los instaladores autorizados y acreditaci\u00f3n de pago de las actividades de tramitaci\u00f3n y conexi\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Cuando la NC presente informaci\u00f3n incompleta o err\u00f3nea, el usuario deber\u00e1 corregirla en 5 d\u00edas. Para generaci\u00f3n conjunta, en el caso de solicitarse una correcci\u00f3n al contrato de propiedad conjunta, este plazo ser\u00e1 de 10 d\u00edas.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong>Etapa 5: Protocolo de conexi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Una vez entregada la NC, la empresa distribuidora efectuar\u00e1 o supervisar\u00e1 la conexi\u00f3n del\u00a0 equipamiento de generaci\u00f3n de acuerdo con la norma t\u00e9cnica. La fecha y hora de conexi\u00f3n deber\u00e1 ser acordada entre las partes y no podr\u00e1 exceder <strong>5 d\u00edas<\/strong> respecto a la fecha de entrega de la notificaci\u00f3n de conexi\u00f3n. La conexi\u00f3n deber\u00e1 efectuarse o ser supervisada por la distribuidora dentro de los 10 d\u00edas siguientes. En caso de que no se realice por el usuario, \u00e9ste deber\u00e1 presentar una nueva NC.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En el sitio web de la SEC<span class=\"tooltips \" style=\"\" title=\"Fuente: &lt;a href=&quot;https:\/\/www.sec.cl\/sitio-web\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/Proceso_Ley21118-2018.jpg.png&quot; target=&quot;_blank&quot; rel=&quot;noopener&quot;&gt;Portal Ley Netbilling&lt;\/a&gt;. SEC\"><a href=\"#_ftn2\" name=\"_ftnref2\">[42]<\/a> <\/span>se presenta el procedimiento de conexi\u00f3n y puesta en servicio para un generador distribuido.<\/p>\n<p>[\/vc_column_text][\/vc_tta_section][vc_tta_section i_icon_fontawesome=\u00bbfa fa-compress\u00bb add_icon=\u00bbtrue\u00bb title=\u00bb4.3.2 Procedimiento de conexi\u00f3n de los PMGD\u00bb tab_id=\u00bbprocedimiento2&#8243;][vc_column_text]La conexi\u00f3n de un PMGD requiere mayores plazos y un procedimiento algo m\u00e1s complejo para la conexi\u00f3n y puede requerir el financiamiento de estudios t\u00e9cnicos especializados. El procedimiento que se encuentra en la p\u00e1gina web de la SEC<span class=\"tooltips \" style=\"\" title=\"Fuente: &lt;a href=&quot;https:\/\/www.sec.cl\/pequenos-medios-de-generacion\/&quot; target=&quot;_blank&quot; rel=&quot;noopener&quot;&gt;Procedimiento conexi\u00f3n de PMGD. &lt;\/a&gt;SEC\"><a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">[43]<\/a><\/span><a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\"><\/a> se puede diferenciar en las siguientes etapas:<\/p>\n<p><strong>Etapa 0: Opcional. Solicitud de informaci\u00f3n y respuesta de la distribuidora<\/strong><\/p>\n<p>Esta etapa es opcional y corresponde a una solicitud de informaci\u00f3n a la empresa distribuidora a trav\u00e9s de la plataforma de la SEC (Formulario N\u00b01). A trav\u00e9s de este formulario se deben indicar las caracter\u00edsticas principales del PMGD, incluyendo su\u00a0 punto de conexi\u00f3n, las caracter\u00edsticas principales de la modificaci\u00f3n en la conexi\u00f3n y\/u operaci\u00f3n del PMGD, la identificaci\u00f3n del interesado, con indicaci\u00f3n domicilio o correo electr\u00f3nico, la solicitud de informaci\u00f3n de las instalaciones de la empresa distribuidora, relevantes para el dise\u00f1o de la modificaci\u00f3n en la conexi\u00f3n y\/u operaci\u00f3n de un PMGD existente.<\/p>\n<p>Luego en un plazo m\u00e1ximo de hasta 15 d\u00edas desde la recepci\u00f3n de la solicitud, la empresa distribuidora responder\u00e1 mediante el Formulario N\u00b02 en el que incluir\u00e1 informaci\u00f3n t\u00e9cnica solicitada, y adicionalmente deber\u00e1 adjuntar la n\u00f3mina de otros PMGD en el alimentador, listado de Estudios T\u00e9cnicos requeridos para el caso de ser clasificado como PMGD de impacto significativo y listado de los valores de elaboraci\u00f3n y revisi\u00f3n de estudios.<\/p>\n<p><strong>Etapa 1: Env\u00edo de la Solicitud de Conexi\u00f3n a la Red (SCR)<\/strong><\/p>\n<p>El interesado debe presentar el Formulario N\u00b03, conocido como Solicitud de Conexi\u00f3n a la Red (SCR) e indicar si desea ser evaluado como un PMGD de Impacto No Significativo (INS)<span class=\"tooltips \" style=\"\" title=\"Nota: De acuerdo al art\u00edculo 86\u00b0  del D.S. N\u00b088, en caso de que la capacidad instalada del PMGD informada en la SCR sea menor o igual a la capacidad del empalme al cual se conecta y a la Capacidad Instalada para Conexi\u00f3n Expeditiva, y la capacidad de inyecci\u00f3n del mismo sea menor o igual a la Capacidad de Inyecci\u00f3n para Conexi\u00f3n Expeditiva, se considerar\u00e1 que el PMGD clasifica como de impacto no significativo, pudiendo conectarse mediante un Proceso de Conexi\u00f3n Expeditivo. .El T\u00edtulo 2-2 de la NTCO indica la aplicaci\u00f3n de estos criterios para la determinar si un PMGD produce o no impactos significativos en la red.\"><a href=\"#_ftn2\" name=\"_ftnref2\"><em><strong>20<\/strong><\/em><\/a><\/span><a href=\"#_ftn2\" name=\"_ftnref2\"><\/a>.<\/p>\n<p>La SCR debe adjuntar como m\u00ednimo los siguientes antecedentes:<\/p>\n<ul>\n<li>Individualizaci\u00f3n del solicitante.<\/li>\n<li>Individualizaci\u00f3n del propietario u operador.<\/li>\n<li>Datos de contacto.<\/li>\n<li>Ubicaci\u00f3n georreferenciada.<\/li>\n<li>Documentaci\u00f3n asociada al terreno.<\/li>\n<li>Documentaci\u00f3n de derecho de aprovechamiento de aguas.<\/li>\n<li>Declaraci\u00f3n jurada indicando que el terreno posee las caracter\u00edsticas necesarias para el emplazamiento del proyecto.<\/li>\n<li>Capacidad instalada y capacidad de inyecci\u00f3n del proyecto.<\/li>\n<li>Caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas de acuerdo con la NTCO.<\/li>\n<li>Indicar si operar\u00e1 como autoproductor<\/li>\n<li>Comprobante de pago del 20% de costos de estudios.<\/li>\n<li>Datos para devoluci\u00f3n de dinero.<\/li>\n<li>Cronograma de ejecuci\u00f3n del proyecto.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Etapa 2: Declaraci\u00f3n de admisibilidad <\/strong><\/p>\n<p>La empresa distribuidora tiene un plazo de 10 d\u00edas contados desde la recepci\u00f3n del SCR para declarar admisible la informaci\u00f3n de acuerdo como se indica en el Formulario N\u00b04. La distribuidora deber\u00e1 adjuntar la informaci\u00f3n actualizada de las SCR en tramitaci\u00f3n asociadas al mismo alimentador (punto de conexi\u00f3n, la capacidad instalada, la capacidad de inyecci\u00f3n y la tecnolog\u00eda de generaci\u00f3n, orden de prelaci\u00f3n de las SCR y los datos de contacto de los interesados). No podr\u00e1 ser declarada admisible una SCR que comparta total o parcialmente el pol\u00edgono de localizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Asimismo, una vez recibido el SCR la empresa distribuidora podr\u00e1 solicitar al interesado dentro de 10 d\u00edas, por \u00fanica vez, que complemente el SCR. El interesado dispone de 5 d\u00edas para contestar esta solicitud de informaci\u00f3n complementaria (Formulario N\u00b05). Posteriormente, la distribuidora tendr\u00e1 un plazo de 10 d\u00edas adicionales para declarar la admisibilidad de la SCR (Formulario N\u00b06).<\/p>\n<p><strong>Etapa 3: Respuesta a la Solicitud de Conexi\u00f3n a la Red (SCR) <\/strong><\/p>\n<p>Dentro de los 10 d\u00edas siguientes a la declaraci\u00f3n de admisibilidad de una SCR, la empresa distribuidora deber\u00e1 dar respuesta al interesado, mediante el Formulario N\u00b07. La distribuidora deber\u00e1 actualizar toda la informaci\u00f3n del Formulario N\u00b01 (Art. 32\u00ba del D.S: N\u00b088), adem\u00e1s de N\u00f3mina de los PMGD que se encuentren operando en la zona adyacente al punto de conexi\u00f3n y un listado de los estudios de conexi\u00f3n para elaborar el Informe de Criterios de Conexi\u00f3n (ICC).<\/p>\n<p><strong>Etapa 4: Conformidad con la respuesta a la Solicitud de Conexi\u00f3n a la Red (SCR) <\/strong><\/p>\n<p>El interesado deber\u00e1 notificar su conformidad con la respuesta a la SCR (Formulario N\u00b08) a la distribuidora dentro de los 5 d\u00edas. En caso de que el interesado no estuviese conforme con la respuesta a la SCR puede solicitar una nueva revisi\u00f3n dentro de 5 d\u00edas. La distribuidora deber\u00e1 resolver dentro de los 10 d\u00edas siguientes, luego de este plazo, el interesado deber\u00e1 notificar su conformidad con la respuesta a la SCR en 5 d\u00edas m\u00e1s.<\/p>\n<p>Si el PMGD no es calificado como INS, la empresa distribuidora indicar\u00e1 mediante el Formulario N\u00b08, con esta informaci\u00f3n y dentro de 5 d\u00edas h\u00e1biles posteriores a la recepci\u00f3n del Formulario N\u00b08, el interesado deber\u00e1 comunicar a la empresa distribuidora si decide reducir los valores de capacidad instalada y capacidad de inyecci\u00f3n declarados en la SCR a un valor igual o menor a los valores de capacidad instalada para conexi\u00f3n expeditiva y capacidad de inyecci\u00f3n para conexi\u00f3n expeditiva para clasificar como INS. El interesado que no reduzca los valores deber\u00e1 actualizar el cronograma de ejecuci\u00f3n de proyecto informando en un plazo de 5 d\u00edas contado desde la emisi\u00f3n de la respuesta de la SCR.<\/p>\n<p>Asimismo, si los valores de capacidad instalada y capacidad de inyecci\u00f3n declarados se encuentran por debajo de los valores de capacidad instalada para conexi\u00f3n expeditiva y capacidad de inyecci\u00f3n para conexi\u00f3n expeditiva, el interesado podr\u00e1 incrementar la capacidad instalada y la capacidad de inyecci\u00f3n informados en la SCR hasta los valores de capacidad instalada para conexi\u00f3n expeditiva y capacidad de inyecci\u00f3n para conexi\u00f3n expeditiva, respectivamente y mantener la clasificaci\u00f3n de su proyecto como INS. En este caso, la distribuidora deber\u00e1 mantener la clasificaci\u00f3n del proyecto como INS, hecho que deber\u00e1 ser informado mediante una nueva respuesta a la SCR, dentro de los 5 d\u00edas siguientes a que \u00e9ste hubiese comunicado su decisi\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Etapa 5: Emisi\u00f3n del Informe de Criterios de Conexi\u00f3n (ICC)<\/strong><\/p>\n<p>En relaci\u00f3n con los estudios de conexi\u00f3n, una vez emitida la respuesta a la SCR, \u00e9sta<\/p>\n<p>deber\u00e1 emitir un ICC, el que deber\u00e1 contener un informe de costos de conexi\u00f3n. En caso de que la distribuidora haya realizado los estudios de conexi\u00f3n, \u00e9sta deber\u00e1 entregar los estudios junto al respectivo ICC. \u00a0Para proyectos que califican como INS, la distribuidora deber\u00e1 comunicar el ICC (Formulario N\u00b014) al interesado dentro de los 20 d\u00edas siguientes a la emisi\u00f3n de la respuesta de la SCR. El ICC deber\u00e1 adem\u00e1s adjuntar el contrato de conexi\u00f3n o modificaci\u00f3n del mismo, contrato para la realizaci\u00f3n de obras adicionales, adecuaciones y ajustes, y el cronograma de ejecuci\u00f3n de las obras adicionales, adecuaciones y ajustes. Para proyectos que no califiquen como INS, la distribuidora deber\u00e1 comunicar el ICC al Interesado (Formulario N\u00b014) dentro de los cinco meses siguientes a la emisi\u00f3n de la respuesta de la SCR.<\/p>\n<p>Una vez emitido el ICC por parte de la distribuidora y en un plazo no superior a 20 d\u00edas, el Interesado deber\u00e1 manifestar su conformidad (Formulario N\u00b015) con \u00e9ste o solicitar modificaciones o aclaraciones, las que deber\u00e1n ser respondidas dentro de los 20 d\u00edas siguientes. En este caso, el Interesado deber\u00e1 manifestar su conformidad con el ICC dentro de los 20 d\u00edas siguientes, adjuntando el contrato de obras adicionales, adecuaciones y ajustes firmado.<\/p>\n<p>La vigencia del ICC ser\u00e1 de 9 meses para proyectos INS, de 12 meses para proyectos que no califiquen como INS con capacidad instalada inferior a 3 MW y de 18 meses para el resto de los proyectos PMGD.<\/p>\n<p><strong>Etapa 6: Declaraci\u00f3n en construcci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>El interesado deber\u00e1 acreditar el avance y cumplimiento de los hitos del cronograma de ejecuci\u00f3n del proyecto (Formulario N\u00b017), para ello debe presentar antecedentes para acreditar el inicio de tramitaci\u00f3n ambiental y permisos sectoriales, y la resoluci\u00f3n para acreditar la declaraci\u00f3n en construcci\u00f3n del proyecto.<\/p>\n<p>El propietario u operador de un proyecto PMGD declarado en construcci\u00f3n deber\u00e1 informar a la CNE el cumplimento del avance de la obra de acuerdo al cronograma (Formulario N\u00b018) y deber\u00e1 informar toda modificaci\u00f3n que altere el cumplimiento del cronograma en un plazo de 15 d\u00edas.<\/p>\n<p><strong>Etapa 7: Puesta en Servicio y Entrada en Operaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>La etapa de puesta en servicio es aquella que se inicia con la interconexi\u00f3n y energizaci\u00f3n del PMGD, previa autorizaci\u00f3n del Coordinador y hasta el t\u00e9rmino de las respectivas pruebas realizadas o supervisadas por la distribuidora.<\/p>\n<p>El propietario u operador del PMGD deber\u00e1 dar aviso dentro del plazo de vigencia del ICC, al Coordinador, a la CNE y a la Superintendencia de la fecha estimada de interconexi\u00f3n con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de tres meses a la misma.<\/p>\n<p>Con respecto al Coordinador, se deber\u00e1 presentar la fecha estimada de interconexi\u00f3n y una solicitud de autorizaci\u00f3n de puesta en servicio (adjunta con la direcci\u00f3n, identificaci\u00f3n del punto de conexi\u00f3n, la identificaci\u00f3n y clase del instalador el\u00e9ctrico y copia de la comunicaci\u00f3n de la interconexi\u00f3n a la Superintendencia). El Coordinador deber\u00e1 responder con la autorizaci\u00f3n dentro de 20 d\u00edas.<\/p>\n<p>Con respecto a la distribuidora, se deber\u00e1 presentar una Notificaci\u00f3n de Conexi\u00f3n (NC) de acuerdo con el Formulario N\u00b019 y adjuntando lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Contrato de Conexi\u00f3n.<\/li>\n<li>La direcci\u00f3n del inmueble.<\/li>\n<li>La identificaci\u00f3n y clase del instalador el\u00e9ctrico.<\/li>\n<li>Copia de la comunicaci\u00f3n de la interconexi\u00f3n del PMGD realizada por un instalador el\u00e9ctrico.<\/li>\n<li>Resoluci\u00f3n mensual de la CNE donde figure el PMGD como declarado en construcci\u00f3n.<\/li>\n<li>Autorizaci\u00f3n por parte del Coordinador para el inicio de la etapa de puesta en servicio.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Cuando se terminen las obras adicionales y de construcci\u00f3n se deber\u00e1 fijar un cronograma de puesta en servicio y programar una fecha para el inicio de \u00e9sta en acuerdo con la distribuidora (Formulario N\u00b020). Esto deber ser informado al Coordinador y a la CNE con una antelaci\u00f3n de 15 d\u00edas<\/p>\n<p>La interconexi\u00f3n y energizaci\u00f3n del PMGD deber\u00e1 efectuarse o supervisarse por la distribuidora (Formulario N\u00b021). Una vez concluida la etapa de puesta en servicio, se deber\u00e1 enviar al Coordinador los antecedentes que permitan verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los protocolos de prueba, junto con una declaraci\u00f3n jurada de fiel cumplimiento de la normativa vigente. El Coordinador deber\u00eda emitir su aprobaci\u00f3n en un plazo de 20 d\u00edas.<\/p>\n<p>[\/vc_column_text][\/vc_tta_section][\/vc_tta_accordion][vc_row_inner][vc_column_inner width=\u00bb1\/2&#8243;][vc_btn title=\u00bbAnterior\u00bb color=\u00bbgreen\u00bb align=\u00bbleft\u00bb i_icon_fontawesome=\u00bbfa fa-chevron-left\u00bb add_icon=\u00bbtrue\u00bb link=\u00bburl:https%3A%2F%2Fmercadoernc.minenergia.cl%2F%3Fpage_id%3D1160|||\u00bb][\/vc_column_inner][vc_column_inner width=\u00bb1\/2&#8243;][vc_btn title=\u00bbSiguiente\u00bb color=\u00bbgreen\u00bb align=\u00bbright\u00bb i_icon_fontawesome=\u00bbfa fa-chevron-right\u00bb add_icon=\u00bbtrue\u00bb link=\u00bburl:https%3A%2F%2Fmercadoernc.minenergia.cl%2F%3Fpage_id%3D1171|||\u00bb][\/vc_column_inner][\/vc_row_inner][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column width=\u00bb1\/4&#8243;][vc_tta_accordion active_section=\u00bb1&#8243; collapsible_all=\u00bbtrue\u00bb][vc_tta_section i_icon_fontawesome=\u00bbfa fa-plus\u00bb add_icon=\u00bbtrue\u00bb title=\u00bbAnexos\u00bb tab_id=\u00bb1643064557943-3227dd23-6a0e\u00bb][vc_column_text] Anexo 1: Marco regulatorio Anexo 2: Aspectos de funcionamiento del mercado Anexo 3: Potencia de suficiencia Anexo 4: Generaci\u00f3n Distribuida Anexo 5: Plataformas de informaci\u00f3n Anexo 6: Glosario de t\u00e9rminos Anexo 7: Links a las principales leyes, reglamentos y normas [\/vc_column_text][\/vc_tta_section][\/vc_tta_accordion][\/vc_column][vc_column width=\u00bb3\/4&#8243;][vc_column_text] Anexo 4.3 Procedimiento de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"parent":1140,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"class_list":["post-1164","page","type-page","status-publish","hentry"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/1164","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1164"}],"version-history":[{"count":15,"href":"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/1164\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4389,"href":"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/1164\/revisions\/4389"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/1140"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/mercadoernc.minenergia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1164"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}